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Empresa y privacidad: el dilema de la protección de datos en pandemia

Empresa y privacidad: el dilema de la protección de datos en pandemia

Un día todo cambió. Un virus llegaba a cada rincón del planeta y los gobiernos tenían que enfrentarlo, y sin conocer muy bien qué estaba pasando, quedarse quietos no era una opción. La finalidad, salvar vidas. El precio, tus derechos; y la fórmula, un número de normas, decisiones y medidas de excepción que aumentaban casi al tiempo que la cifra de contagiados.

Para nadie es un secreto que las grandes empresas gestionamos bases de datos, en especial las del sector financiero y de la salud, y por supuesto las de telecomunicaciones, en virtud de la prestación de los servicios que prestamos y dentro de un marco de confianza que los usuarios depositan en nosotros. Así conformamos una relación legítima que nos lleva a proteger la intimidad de los clientes como una obligación derivada de las condiciones contractuales y de nuestro compromiso con los Derechos Humanos y que la pandemia, supo poner a prueba.

Durante la emergencia y bajo el argumento de mitigar los efectos de esta, las autoridades solicitaron a las empresas bases de datos completas, que, en medio de la incertidumbre, no sabíamos cómo se iban a usar, o si estaba dentro de las competencias de cada entidad solicitante requerimientos en este sentido.

El dilema

Siendo los datos hoy un activo tan valioso como el petróleo, nuestra prioridad es protegerlos, al igual que la información estratégica de la empresa.

Ante tanta incertidumbre, mientras regiones referentes e históricamente estrictas en asegurar el derecho a la privacidad como la Unión Europea abrían las puertas para que en medio de la emergencia se considerara viable la solicitud y uso de los datos por parte de las autoridades sanitarias, a fin de impedir el avance del virus, en este hemisferio estábamos debatiendo el tema, y es ahí cuando los principios del Pacto Global en Derechos Humanos fueron más importantes que nunca, pues sin importar las circunstancias “las empresas deben apoyar y respetar la protección de los Derechos Humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia”.

Sin perder esto de vista, ni desconocer lo que sucedía respecto a la pandemia, fue necesario reflexionar sobre el significado de salvaguardar la intimidad individual de las personas como derecho humano, frente a la búsqueda del bien común, más aún en una situación atípica para la que ningún sector estaba preparado. Y esa fue nuestra premisa en Tigo Colombia, para activar con más fuerza nuestro Programa Integral de Protección de Datos Personales, que da cuenta del compromiso de la Compañía con los derechos humanos y con el estricto cumplimiento de la ley.

De esta manera, aseguramos que la información sobre la cual teníamos influencia permaneciera protegida y el derecho a la intimidad de los distintos grupos de interés fuera respetado, sin dejar de atender las innumerables solicitudes de información por parte de las autoridades, como una de las medidas excepcionales que se tomaron en la lucha contra el Covid- 19.

En estricto apego a las normas y a nuestros lineamientos internos dimos respuesta a cada solicitud de información, verificando siempre que la entidad solicitante fuera competente para ello, y que la misma sirviera para la mitigación de la emergencia sin vulnerar los derechos humanos de nuestros clientes, proveedores y colaboradores. Fue así como en algunos casos no accedimos favorablemente a las solicitudes, pues, para Tigo era tan importante buscar el camino adecuado para aportar a la solución, como el respeto de los derechos de cada una de las personas y organizaciones con las cuáles nos relacionamos.

Solo al final, cuando la humanidad supere la pandemia, podremos hacer nuevas reflexiones, construir sobre lo ocurrido y revisar si las restricciones al derecho a la intimidad que se aplicaron fueron medidas acertadas o, por el contrario, si en nombre de un virus que le dio la vuelta al mundo, se abrieron de nuevo brechas que tardaron años en cerrarse.


La opinión expresada en esta entrada de blog es de exclusiva responsabilidad de su autor y no necesariamente reflejan el punto de vista de Pacto Global Red Colombia.

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Domingo, 24 Marzo 2024