Derechos Humanos y Empresas
Derechos Humanos y Empresas
La Declaración Universal de los Derechos Humanos de 1948 estableció por primera vez en la historia occidental los derechos fundamentales de las personas. Esta Declaración se fundamenta en la igualdad, dignidad y libertad, derechos básicos que deben ser garantizados por los Estados a todas las personas.
Los derechos contenidos en la Declaración son la piedra angular de los tratados internacionales que surgieron posteriormente como de obligatorio cumplimiento para los Estados, tales son el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y el Pacto internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
A partir de estos tratados internacionales, los Estados tienen la obligación jurídica de proteger a las personas de los abusos cometidos contra los derechos fundamentales, tanto a nivel internacional como nacional.
A raíz de la expansión económica en el mundo y la proliferación de tratados de integración entre países, la responsabilidad de protección de los derechos humanos se hizo extensiva a Estados, organizaciones internacionales, individuos y empresas.
Con la globalización, las empresas comenzaron a adquirir un papel protagónico en el derecho internacional y por esta razón la empresa tiene un deber legal, ético y comercial de respetar los derechos humanos de sus grupos de interés.

Principios rectores de los DD.HH. y empresas
Principios Rectores de los Derechos Humanos y Empresas
El Consejo de Derechos Humanos en el 2011 difundió los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas, liderado por John Ruggie Representante Especial del Secretario de la ONU. El trabajo de Ruggie se enfocó en la creación de diversos principios basados en el marco de “proteger, respetar y remediar” para que los Estados y las empresas forjaran una alianza para la protección de los derechos humanos en el ámbito empresarial.

Definiciones tomadas de: Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas por los Derechos Humanos (2012) La responsabilidad de las empresas de respetar los Derechos Humanos. New York y Ginebra. Página 1. http://www.ohchr.org/Documents/Publications/HR.PUB.12.2_sp.pdf
Principios del Pacto Global en DD.HH.
Principios del Pacto Global en Derechos Humanos
Principio 1: Las empresas deben apoyar y respetar la protección de los Derechos Humanos fundamentales, reconocidos internacionalmente, dentro de su ámbito de influencia.
Las empresas al comprometerse a respetar los derechos humanos, deben utilizar la debida diligencia como un proceso continuo de gestión de acuerdo al sector donde opera, el contexto en el que realiza su actividad, su tamaño y otros factores determinantes para proteger los derechos fundamentales.
En la actualidad, las empresas son esenciales en el crecimiento económico de un país, es por esto, que en el lugar donde se encuentren deben comprometerse con el respeto de los derechos humanos de acuerdo al ordenamiento jurídico que rige en el territorio en el que está. De no cumplir con la normativa vigente, las empresas que infringen los derechos humanos acarrean consecuencias reputacionales, económicas, acciones administrativas y legales en su contra.
Existen diversas formas en que las empresas pueden ayudar al respeto y protección de los derechos humanos como la creación de sitios de trabajo diversos e inclusivos, la intervención en comunidades, apoyo a las políticas públicas del Gobierno, el involucramiento de sus trabajadores en la promoción de acciones colectivas y el desarrollo e implementación de una política de derechos humanos.
Principio 2: Las empresas deben asegurarse de que no son cómplices en la vulneración de los Derechos Humanos.
La complicidad según los Principios Rectores de Derechos Humanos y Empresas, hace referencia a las situaciones en que una empresa se beneficia de los abusos cometidos por otros, un ejemplo es cuando la empresa reduce sus costos porque en su cadena de suministro se aplican prácticas similares a la esclavitud o cuando no denuncia abusos con sus propias operaciones, productos o servicios.
La complicidad está compuesta generalmente por dos elementos:
- Una acción u omisión de la empresa o del representante de ésta, que ayuda, facilita, legitima, estimula, etc., a otro para cometer un abuso contra los derechos humanos.
- La empresa tiene el conocimiento de que la acción u omisión otorgó la ayuda.
Tipos de complicidad:
- Directa: Una empresa provee bienes y/o servicios y sabe que serán utilizados para cometer un abuso contra los derechos humanos.
- Indirecta: Una empresa se beneficia de los abusos de los derechos humanos así no los haya causado o patrocinado.
- Silenciosa: Una empresa es silenciosa o inactiva frente al abuso continuo o sistemático de los derechos humanos (este tipo de complicidad es la más controversial y muchas veces no tiene repercusiones legales).
Iniciativas en Colombia
Iniciativas en Colombia.
La iniciativa de Guías Colombia reúne a empresas que operan en el país, a organizaciones de la sociedad civil y al gobierno colombiano, con el propósito de contribuir al mejoramiento de la situación de los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario.
El objetivo principal del CME es velar por el cumplimiento de los Principios Voluntarios en Seguridad y Derechos Humanos, mediante la implementación de éstos en las prácticas y procesos que desarrollan las empresas, el relacionamiento con el personal de seguridad pública y privada, para promover el respeto de los derechos humanos.
Nuestros Aliados en Derechos Humanos y Empresas
- Consejería Presidencial para los Derechos Humanos: El objetivo principal de esta Consejería Presidencial es el de mejorar los niveles de respeto, protección y garantía de los derechos humanos, la aplicación del DIH y contribuir a que el Estado en su conjunto desarrolle una política integral de promoción y respeto a los derechos humanos.
- Oficina Alto Comisionado de Naciones Unidas para los Derechos Humanos: El Alto Comisionado al observar la situación de Derechos Humanos en diferentes regiones del país realiza recomendaciones e informes, que comparte con las autoridades y con la sociedad civil con el fin de trabajar conjuntamente y contribuir a generar cambios positivos y una mejoría en la situación de los derechos de las personas.
- CREER: Centro Regional de Empresas y Emprendimiento Responsables.